Montevideo, 20 de Abril de 2017. Funcionarios Policiales. PolicíaFoto: Gaston Britos / FocoUy

Siendo hora 22:00, desde Barrio La Esperanza, se habría producido un problema vecinal.

Entrevistada una mujer mayor de edad, quien formula denuncia, manifestó que su vecino la insultó y le exhibió los genitales, aparentemente en estado de ebriedad.

Consultado Fiscal de Turno dispuso: “detención del sujeto”.

Culminadas las actuaciones en el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno Salto, dispuso condeno R.A.G.G., como autor responsable de un delito de violencia Privada a la pena de 4 (cuatro) meses de prisión, con descuento de la preventiva sufrida, que se sustituye por LIBERTAD A PRUEBA (Ley 19,889) consistiendo sus obligaciones en:
a. Residencia en domicilio denunciado; b. Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA; c. Presentación en la seccional policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin Permanencia. d. prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en ONG, cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social.- Estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana y no podrán sobrepasar las 2 horas diarias, por el término de 30 (treinta) días e. ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan intervención. f. prohibición de relacionamiento y comunicación con la ctima.

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