Montevideo, Uruguay, 19 de Enero de 2022 Salud. Realización de hisopeado para test de antígeno. Covid 19. Cuarentena. Hisopado en domicilio.. Foto: Gaston Britos / FocoUy

La sentencia del magistrado regía para dos mujeres no vacunadas que presentaron un recurso de amparo, pero no para el resto de la población sin vacunarse.

El Ministerio de Salud Pública (MSP) informó este lunes que el Tribunal de Apelaciones revocó el fallo del juez Alejandro Recarey, que permitía el ingreso al país sin realizarse un test de PCR.

Dicho recurso de amparo había sido presentado por dos mujeres no vacunadas, que tenían como objetivo que no se les exigiera el test de PCR cuando salieran o ingresaran al país.

El fallo de Recarey ordenó que el MSP y todos los demandados se “abstengan de todo acto, hecho u omisión que exponga la situación sanitaria de las demandantes” o les “imponga un trato diferencial” para su salida y/o retorno del país por no estar vacunadas contra la covid-19.

La sentencia solo era válida para las dos mujeres demandantes, representadas por el abogado Hoenir Sarthou, y no para el resto de la población no vacunada.

El MSP, en esta línea, señaló que fue “notificado hoy de que el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 6.° Turno revocó la sentencia que permitía a dos ciudadanas a ingresar al país sin cumplir las medidas sanitarias vigentes”.

“El fallo indica que no existió ilegalidad en la actuación del Estado. También destaca que la demanda de amparo fue rechazada por no cumplir con los requisitos exigibles en la legislación. Asimismo, señala que la sentencia de primera instancia invadió competencias exclusivas y excluyentes del Poder Ejecutivo. De esta forma, se ratifica la legalidad de la actuación del Estado en el combate contra la pandemia causada por covid-19”, agrega la cartera en un comunicado.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *