Si no hay heridos o lesionados la Policía ya no asistirá a los lugares en que haya accidentes, como lo hacía hasta ahora. La resolución indica que la concurrencia de los agentes es considerada “una distracción de personal policial en tareas que no comprometen la seguridad pública”.
El presidente de la República,Tabaré Vázquez, dispuso mediante resolución que la Policía no deberá concurrir más “al lugar donde se produzca un accidente de tránsito simple”, es decir, que no haya provocado heridos o lesionados, y “si del mismo no deriva alguna circunstancia que afecte la seguridad pública”.
La resolución, firmada por el mandatario el 14 de septiembre, señala que “las personas interesadas en dar parte de un accidente de tránsito simple deberán presentarse a tales efectos en la seccional policial más próxima a la ocurrencia del hecho”.
Hasta el momento los agentes policiales solían intervenir en los accidente de tránsito concurriendo con un equipo que recababa los datos de los vehículos, conductores y controlaba el tránsito.
Según establece la resolución, esto “significa una distracción de personal policial en tareas que no comprometen la seguridad pública”.
Lea aquí la resolución completa.