El vicepresidente de Tenfield respondió al pedido de la dirección de Televisión Nacional del Uruguay que se “opone a la solicitud” que le formuló canal 5 para emitir el partido Uruguay-Colombia.
Además de la solicitud del director de Televisión Nacional, Joaquín Constanzo, para que la empresa del Grupo Casal cumpliera con la normativa de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, había reclamos más enfáticos de CAinfo, la Coalición Comunicación Democrática, y la Asociación de la Prensa del Uruguay, que habían denunciado ante la Institución de Derechos Humanos el incumplimiento de la norma (por el partido Uruguay-Bolivia) dejando sin la posibilidad de ver los partidos de la celeste a miles de uruguayos.
La decisión adoptada por Tenfield constituye una “infracción grave”, de acuerdo a ley 19.307 o incluso puede llegar a ser “muy grave” si se considera la “reincidencia”, publica el portal Sudestada (www.sudestada.com.uy) que impulsó desde un primer momento la difusión de la noticia a lo que se han mostrado renuentes otros medios.
La vigencia de la Ley y su curioso incumplimiento
“La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual establece que los partidos de la selección deben transmitirse por los canales abiertos de forma gratuita. Exigimos la transmisión de los partidos de Uruguay en las Eliminatorias Rusia 2018 por televisión abierta. La ley está vigente”, reclamaba antes de Uruguay-Colombia, la Coalición Comunicación Democrática y CAinfo.
El artículo 38 de la norma dice que cuando haya eventos “que involucren actividades oficiales de las selecciones nacionales de fútbol y básquetbol en instancias definitorias de torneos internacionales, y en instancias clasificatorias para los mismos, deberán ser emitidos a través de un servicio de radiodifusión de televisión en abierto y en directo y simultáneo”. En el caso que ninguno de los canales de aire se interese en la transmisión (lo que de hecho ocurre con los privados ya que llevan adelante un juicio de inconstitucionalidad contra la Ley de medios por lo que no se amparan en la misma), la ley también es precisa: “Cuando no exista ningún otro prestador interesado en la emisión, el Sistema Nacional de Radio y Televisión Público deberá hacerse cargo de garantizar el derecho establecido en el artículo precedente, siempre que sea técnicamente posible y en la modalidad de retransmisión”.
En esa línea el director de Televisión Nacional había enviado una carta a la empresa de Casal “informando que se encontraba en condiciones de recibir la señal para transmitir el partido (Uruguay-Colombia)”, añade Sudestada. El vicepresidente de Tenfield, el otrora jugador Nelson Gutiérrez, envió una respuesta por escrito donde “se opone a la solicitud”.