La oposición elaboró una propuesta para modificar tres artículos de la Constitución, que fue apoyado por algunos sectores.
La Mesa Política del Frente Amplio (FA) resolvió a última hora de este miércoles que la coalición de izquierda no firmará para impulsar el plebiscito impulsado por el sector Ciudadanos (Partido Colorado).
La votación dentro de los diferentes representantes de la Mesa Política fue dividida, con 16 votos afirmativos, 10 negativos y dos abstenciones. Si bien hubo mayoría de votos a favor, el FA definió no apoyar el plebiscito para establecer en la Constitución una mayor regulación en el ingreso y ascenso de funcionarios en las intendencias departamentales, dado que en temas de este calibre el partido necesita una mayoría especial.
Sin embargo, en este mismo órgano se puso sobre la mesa una propuesta elaborada por técnicos del Movimiento de Participación Popular (MPP) y del Partido Socialista, que cuenta con el apoyo de los sectores que querían firmar la propuesta de Ciudadanos.
Montevideo Portal accedió a un borrador del pretendido nuevo proyecto de reforma de la Carta Magna que, a diferencia de la de Ciudadanos, habla de cambios en tres artículos de la Constitución (59, 61 y 64), y propone reformar la forma de ingreso de funcionarios “a todo órgano estatal” y no solo a las intendencias departamentales.
Hoy la norma de más alta jerarquía del país en su artículo 59 expresa: “La ley establecerá el estatuto del funcionario sobre la base fundamental de que el funcionario existe para la función y no la función para el funcionario”.
Y el mismo artículo enumera que estos preceptos se aplicarán a “funcionarios dependientes” de varias dependencias del Estado, con excepción de los militares, funcionarios policiales y diplomáticos, entre otros, que se regirán por leyes especiales.
El nuevo artículo 59 mantendría esta parte, pero agrega que “para el ingreso de funcionarios al Estado, a los gobiernos departamentales, a los entes autónomos, a los Servicios Descentralizados y, en general, a todo órgano estatal, serán preceptivos los concursos públicos celebrados conforme a los principios de publicidad, transparencia e igualdad de oportunidades. En su defecto, los ingresos deberán realizarse a través de sorteos convocados y celebrados de acuerdo con los mismos principios. Quedan exceptuados los cargos que hayan sido definidos por ley con carácter de particular confianza”.
Por otra parte, hoy el artículo 61 de la Constitución consagra que “para los funcionarios de carrera, el estatuto del funcionario establecerá las condiciones de ingreso a la Administración, reglamentará el derecho a la permanencia en el cargo, al ascenso, al descanso semanal y al régimen de licencia anual y por enfermedad; las condiciones de la suspensión o del traslado; sus obligaciones funcionales y los recursos administrativos contra las resoluciones que los afecten”.
El pretendido nuevo artículo 61 dice exactamente lo mismo y detalla, a su vez, que los ascensos “deberán realizarse a través de concursos en los que se ponderará la capacidad técnica, los méritos y los antecedentes de los funcionarios en forma razonable”.
El artículo 64 de la Constitución da la posibilidad de que haya una excepción: “La ley, por dos tercios de votos del total de componentes de cada Cámara, podrá establecer normas especiales que por su generalidad o naturaleza sean aplicables a los funcionarios de todos los gobiernos departamentales y de todos los entes autónomos, o de algunos de ellos, según los casos”.
En el borrador de los sectores frenteamplistas le agregan al final de esta redacción un: “sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes” con el objetivo de que se respeten las modificaciones planteadas en los 59 y 61.
Proyecto de Peña
La iniciativa presentada por Adrián Peña (fallecido el 5 de abril) que no fue aprobada en el Senado establecía en un artículo único (que buscaba modificar y agregar un inciso al artículo 62 de la Constitución) lo siguiente: “Los ingresos y ascensos de personal a los gobiernos departamentales deberán realizarse a través de concursos públicos celebrados conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad de oportunidades y la justa ponderación entre la capacidad técnica y los méritos y antecedentes de cada persona”.
“En su defecto, los ingresos de personal podrán realizarse a través de sorteos públicos convocados y celebrados por los gobiernos departamentales de acuerdo a los principios de publicidad, transparencia e igualdad de oportunidades”, añadía.
Al final del texto legal el MPP y los socialistas añaden algunas notas pertinentes a su propuesta. Allí, entre otras cosas, manifiestan que “una reforma que solo exija concursos públicos para el ingreso de funcionarios en los gobiernos departamentales generaría una asimetría en la Constitución respecto del resto del Estado, carente de justificación”.
Además, explican por qué no modifican el artículo 62, como sí lo plantea el proyecto de Ciudadanos. En esta línea, argumentan que para introducir una mayor regulación en el ingreso de funcionarios públicos al Estado basta con modificar los artículos 59 y 61, como plantea el documento.