Como ya informáramos, a la hora 21:50 del pasado jueves, en la intersección de las avenidas Enrique Rodó y Enrique Amorim, se registró un siniestro con resultado fatal, protagonizado por un birrodado y un taxi.
En el lugar se encontraba con «ausencia de signos vitales» el motonetista, el cual estaba sobre el cantero central de la avenida Rodó, del lado sur, boca arriba, con dirección al oeste.
En cuanto a los vehículos, la moto, marca Yumbo, modelo 110 c.c, matrícula HKK 594, estaba caída en el pavimento con dirección al sureste, recostada sobre su lateral izquierdo, con su rueda delantera incrustada sobre la rueda delantera izquierda del automóvil marca Volkswagen, modelo Gol, matrícula HTX 104, que se encontraba con dirección al este de Avenida Rodó y su parte trasera próxima a la línea imaginaria; a continuación del cantero central, se localizó un casco negro y amarillo marca “LS2”, en la corriente oeste de la mencionada arteria, contra el cantero central.
El conductor del automóvil, manifestó que circulaba por avenida Enrique Amorim con dirección al este, y al llegar a la intersección con Rodó, observó la circulación, acelerando para cruzar, chocando con un motonetista, quien cayó al pavimento, prestándole asistencia, intentando llamar al 911, no logrando hacerlo por el estado de nervios en que se encontraba.
El Fiscal Letrado de Segundo Turno, dispuso: «El cuerpo sea entregado a familiares y la empresa coordine con la forense para la autopsia, averiguación de testigo en acta, procurar la ubicación de los pasajeros del taxi, el conductor permanezca detenido para luego ser conducido a la sede judicial, además de hacer un peritaje mecánico de los vehículos y que los mismos queden a su disposición, con la incautación de celulares del conductor del taxi para pericias por parte de Policía Científica y cotejar con las cámaras de seguridad de jefatura el horario del siniestro y si a esa hora realizo algún tipo de llamada”.
Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, se dispuso: “con respecto a R.F.O.G las siguientes medidas cautelares: debe fijar domicilio y residir en él, comprometiéndose a informar a la Sede y a la Fiscalía cualquier cambio sobre el mismo; la obligación de presentarse una vez por semana ante la Seccional Policial correspondiente a su domicilio, por el término de 6 meses, sin obligación de permanencia; en carácter de obligación sustitutivas la prisión preventiva, la prohibición de conducir vehículos motorizados por el plazo de un año, poniéndose en conocimiento del Congreso de Intendentes, de la UNSAEV, Intendencia Departamental de Artigas, y Dirección Nacional de Policía de Tránsito”.