A la hora 23:15’ del día Sábado, personal Policial concurre a Avenida Blandengues y 8 de Octubre’, por una persona lesionada.
Al arribo un lesionado en zona del rostro quien manifiesta que se traslada por sus propios medios, acompañado de una mujer mayor de edad, al centro asistencial.
A posterior en Hospital Regional Salto, se entrevista a una pareja ambos mayores de edad, quienes manifestaron haber concurrido a un carrito de la zona, cuando se retiran son abordados por un sujeto, quien les exhibe un cuchillo y les demanda dinero, ante la negativa de la pareja, les arroja varias piedras, lesionando a uno de ellos y las que dañan el vehículo, para darse a la fuga corriendo.
Aportan descripción y vestimenta. A posterior personal de la Guardia Republicana localizan y detienen a un mayor de edad, quien no estaría ajeno a los hechos.
Consultada Fiscal de Turno dispuso: “detención del mismo, trámites de rigor. Acta al indagado según el Artículo 61 de CPP, a los Policías actuantes, a la víctima en cuanto a las lesiones y a daños en vehículo.
Se coordine Forense”.
Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto, se dispuso la condena de la persona de iniciales J.G.C.S, como autor penalmente responsables de un delito de lesiones personales en concurrencia fuera de la reiteracion con un delito de daño, a la pena de cinco (5) meses prisión, con descuento del tiempo de detención sufrido.-