Desde Avenida Pascual Harriague a la altura del 800, a la hora 17:48 se detuvo a un mayor de edad, quien momentos antes y en estado de haber ingerido bebidas alcohólicas, habría amenazado y agredido físicamente a su ex pareja.
A su vez y al momento que personal Policial concurre a dialogar con el agresor, el mismo se desacata, dándole un empujón a un efectivo, arrojándole un golpe de puño, no llegando a destino.
Puesto en conocimiento de Fiscalía dispuso denuncia de la mujer víctima de violencia doméstica, denuncia del efectivo lesionado, constatación de lesiones y se coordine Medico Forense para ambos.
Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno dispuso: condenar a A.D.M.M., como autor responsable de un delito de desacato especialmente agravado a la pena de 4 (cuatro) meses de prisión, que se sustituye por Libertad a Prueba (Ley Nº 19.889) consistiendo obligaciones en: A). Residencia en el domicilio denunciado; B). Sujeción la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA; C). Presentación en la seccional policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin permanencia; D). Prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en ONG, cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social. Estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana y no podrán sobrepasar las 2 horas diarias, diarias, por el término de 30 días.